LSSICE – Ley de Servicios de la Sociedad Información y de Comercio Electrónico

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Analizamos la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico (LSSICE). En esta entrada hemos incluido todo el articulado a la LSSICE y enlaces tanto a comentarios de artículos como al propio BOE.

A continuación encontrarás la estructura de la norma. Cada uno de los artículos te redirigirá al propio BOE o a la entrada correspondiente donde reunimos comentarios, jurisprudencia e información relevante.

LSSICE – BOE

TÍTULO I. Disposiciones generales

CAPÍTULO I. Objeto

CAPÍTULO II. Ámbito de aplicación

TÍTULO II. Prestación de servicios de la sociedad de la información

CAPÍTULO I. Principio de libre prestación de servicios

CAPÍTULO II. Obligaciones y régimen de responsabilidad de los prestadores de servicios de la sociedad de la información

Sección 1.ª Obligaciones

Sección 2.ª Régimen de responsabilidad

CAPÍTULO III. Códigos de conducta

TÍTULO III. Comunicaciones comerciales por vía electrónica

TÍTULO IV. Contratación por vía electrónica

TÍTULO V. Solución judicial y extrajudicial de conflictos

CAPÍTULO I. Acción de cesación

CAPÍTULO II. Solución extrajudicial de conflictos

TÍTULO VI. Información y control

TÍTULO VII. Infracciones y sanciones

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones transitorias]

[Disposiciones finales]

ANEXO. Definiciones

Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico

La Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSSICE) regula las prestaciones de servicios por Internet. Se aplica a las actividades de comunicación y comerciales online, y determina las obligaciones y responsabilidades de los prestadores de este tipo de servicios. 

La expansión de las actividades económicas vía internet ha hecho necesario este marco normativo para ofrecer confianza y seguridad a los usuarios. Esa es la función de la Ley, que fija reglas claras para la compra-venta de productos y servicios por medios electrónicos. 

¿Cuál es el objeto de esta Ley?

En la Exposición de Motivos de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico se establece que su objeto es integrar la normativa dispuesta por el Parlamento Europeo al sistema jurídico español. 

La norma se aplica a los prestadores de servicios establecidos en España y a quienes, sin ser residentes en España, prestan servicios en establecimientos situados en este país.

¿Qué tipo de actividades regula la Ley? 

La Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico tiene un amplio espectro de aplicaciones.

¿Cuáles son las actividades comerciales más frecuentes que se rigen por esta Ley?

La ley regula a quienes realizan intermediación en internet: transmisión, copia, alojamiento y localización de datos en la red. Se incluye, como vemos, la contratación de servicios de internet y de otros vinculados con la red. Tal es el caso de los proveedores de servicios de alojamiento en la nube, y de búsqueda y descarga de archivos.

  • La compra-venta en la red, o sea, el e-commerce en general.
  • La recepción y envío de comunicaciones comerciales y contratación por vía electrónica.
  • La distribución de contenidos, vídeos y documentos.
  • Todo tipo de intercambios comerciales que se realicen telemáticamente. 

El requisito que establece la ley es que estos intercambios sean de carácter comercial, es decir, que supongan una actividad económica para quien los explota. 

¿Qué se considera actividad económica?

Se trata de una actividad por la cual quien la realiza obtiene dinero, ya sea directamente o en forma indirecta, por ejemplo a través de publicidad contratada.

Obligaciones y derechos de los prestadores de los Servicios de la Sociedad de la Información

La intención de la Ley es garantizar una buena experiencia de usuario sin fraudes ni delitos. Para ello, detalla las obligaciones y responsabilidades de cada una de las partes. 

Obligaciones de los prestadores de servicios

El concepto de prestador incluye tres grupos de servicios.

  • Empresas que ofrecen conexión de Internet.
  • Prestadores de servicios de alojamiento de datos.
  • Buscadores y proveedores de enlaces. 

Dejando a un lado los aspectos técnicos, que no entran en la órbita de la Ley, los prestadores tienen obligaciones de orden ético. Deben colaborar con órganos públicos e informar a sus clientes sobre la forma de optimizar la seguridad de la información. La ley establece que estos prestadores no son responsables de los contenidos que transmiten o alojan.

Es requisito fundamental que los prestadores de servicios estén inscritos en el registro público, hecho que formaliza el servicio ante la Administración Pública. Este registro es importante para garantizar los intereses de los destinatarios de los servicios. 

Obligaciones de los ciudadanos y empresas usuarios de los servicios

La Ley obliga a los particulares o empresas que disponen de un sitio web a mostrar claramente sus datos de información general.

¿Cuáles son estos datos?

  • Nombre o razón social.
  • Domicilio.
  • E-mail y cualquier otro dato que facilite la comunicación.
  • Número de identificación fiscal.
  • Si se trata de una persona que trabaja en una profesión regulada, deberá indicar los datos del Colegio al que pertenezca y el número de colegiado. 

Sistema de control, infracciones y sanciones

La Ley establece tres tipos de infracciones: leves, graves y muy graves. De acuerdo a la infracción, se establece una escala de sanciones. Se trata de multas que oscilan entre los 30.000 euros las leves hasta 600.000 euros las muy graves. 

Además de las multas, se prevén una serie de medidas que pueden llegar hasta la suspensión de la actividad del prestador con cierre de sus establecimientos

Cualquier agente comercial que utilice Internet debe tener muy presentes las obligaciones y responsabilidades establecidas en la Ley. Y los destinatarios de esas actividades también deben conocerlas para evitar ser estafados.

Si necesitas ayuda legal o un buen asesoramiento sobre esta Ley de la Sociedad de la Información y de Comercio electrónico, te ofrecemos nuestros servicios jurídicos y de gestoría. Rellena el formulario y los mejores expertos de tu zona se pondrán en contacto contigo.